La idea principal de este trabajo es proponer la separación de los impuestos entre recaudadores y reguladores. Aunque el objetivo principal de los impuestos sea producir los ingresos que el Estado necesita para financiar los gastos del presupuesto público, se propone que ello sea hecho con impuestos recaudadores y se reserve los impuestos reguladores para conseguir una asignación de recursos eficiente, que maximice el bienestar social. Por cierto, la recaudación proveniente de un impuesto regulador puede descontarse del monto total de recursos a recaudar. Sin embargo, si las condiciones de la eficiencia en el uso de los recursos aconsejan cambiar la tasa del impuesto, esto debe hacerse sin preocuparse por el efecto sobre la recaudación. Esta se puede conseguir ajustando la tasa del impuesto recaudador. Además, en muchas ocasiones lo que corresponderá hacer con las tasas de los impuestos reguladores será aumentarlas, para compensar efectos de crecimiento económico y aumento del ingreso en el consumo de los productos generadores de deseconomías externas. Esto no representaría un problema para el financiamiento del gasto del presupuesto público.
A pesar de que el actual sistema tributario chileno aplica varios impuestos que se asocian con la idea de la regulación, estos no están siendo aplicados como corresponde a la propuesta. Por ejemplo, impuesto a los tabacos, cigarros y cigarrillos, impuestos a los alcoholes, impuesto a las bebidas analcohólicas, impuesto a los combustibles fósiles, impuesto a los juegos de azar, etc. La determinación de la base, de la tasa y su nivel no está conforme con lo que plantea la teoría económica. Estos impuestos debieran gravar directamente (o lo más cercanamente posible) el elemento que produce la deseconomía externa, la tasa debe ser establecida en la forma unitaria o específica y el nivel de la tasa debe corresponder a la estimación del daño marginal social de la externalidad tecnológica negativa.
Yáñez Henríquez, J. (2012). Impuestos recaudadores versus reguladores. Revista De Estudios Tributarios, (7), pág. 171–208. Retrieved from https://revistas.uchile.cl/index.php/RET/article/view/41102