La garantía jurídica de la unidad del procedimiento administrativo en la Ley N°19.880

Autores/as

  • Jaime Jara Schnettler Magister en Derecho Constitucional, Profesor de Derecho Administrativo, Universidad de Chile

Resumen

1. La tensión originaria: unidad vs. dispersión del procedimiento administrativo Los órganos de la Administración del Estado actúan en diversos campos de acción, persiguiendo diferentes fines e intereses en la satisfacción de numerosas necesidades públicas. Para solventar con justicia y eficacia ese objetivo requieren someterse en cada caso a un cauce de actuación debidamente adecuado a los cometidos a alcanzar. Por ello la doctrina jamás ha patrocinado ni deseado reducir esa totalidad diversa a una única y omnicomprensiva ritualidad, a una especie de "procedimiento ordinario administrativo" en sustitución de las particularidades sectoriales.

Palabras clave:

Ley N°19.880, Procedimiento administrativo, Administración del Estado