En su sentido más amplio, genérico, subrogación equivale a sustitución, reemplazo, poner a alguien o algo en lugar de otro, para que aquél, en vez de este último, actúe o reciba los efectos de determinada situación.
Gelsi Bidart, A. (1963). Subrogación de Ministros de Tribunal Colegiado. Revista De Derecho Público, (1), Pág. 59–65. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i1.31538