La dignidad, referida a la persona humana, no aparece en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Solo apareció en ese tiempo en los escritos de Kant sobre moral. Sin embargo, la dignidad aparece en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que se presenta como un texto legal. Este artículo analiza las dificultades –su significación histórica de transferir esta noción moral a la ley. La Declaración de 1948 intentaba ser una respuesta a los horrendos sucesos ocurridos entre 1932-1945, durante los cuales se violó toda dignidad humana. Solo podía hacerlo apelando a la fe que la gente pudiera tener en la dignidad, sin ser capaz de procurar explícitamente referencia a Kant y su reino de los fines. La moralidad de Kant procura su fundamento y orientación a la ley, pero la ley introduce una coerción que solo le obliga a uno a conducirse “como si” uno actuara como un agente moral. Todo el problema radica en el “como si”, con el cual la coerción y el acuerdo formal con la ley reemplazan de hecho una fe que quizá precisamente los sucesos del período 1932-1945 echaron por tierra.
Navet, G. (2018). De la dignidad en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Revista De Filosofía, 74, pp. 153–158. Recuperado a partir de https://revistas.uchile.cl/index.php/RDF/article/view/51887