Creación del derecho en una sociedad global : ¿Importa todavía el consentimiento?

Autores/as

  • Francisco Orrego Vicuña Profesor, Instituto de Estudios Internacionales, Universidad de Chile

Resumen

Este artículo analiza las actuales condiciones y exigencias para la creación de las normas del derecho internacional, a la luz de la evolución experimentada por la sociedad internacional y de la preocupación que causan algunas manifestaciones que procuran establecer un sistema de creación que en cierta medida prescinde del consentimiento de los Estados y otros sujetos del derecho internacional. Sostenemos que la expresión del consentimiento de los Estados también resulta indispensable para la creación de normas de costumbre internacional y la delegación por los Estados de un poder resolutivo en organizaciones internacionales. También se destaca que el proceso de creación normativa en el derecho inter nacional debe salvaguardar las exigencias del Estado de derecho y de los principios democráticos en que descansan las principales sociedades nacionales.

Palabras clave:

Derecho Internacional, Creación Normativa, Consentimiento de los Estados, Sociedad Internacional, Soft Law

Biografía del autor/a

Francisco Orrego Vicuña, Profesor, Instituto de Estudios Internacionales, Universidad de Chile

Abogado; profesor titular de la Universidad de Chile; doctor en derecho internacional, The London School of Economics and Political Science, Universidad de Londres;  profesor visitante de diversas universidades extranjeras; presidente del Tribunal Administrativo del Banco Mundial; Premio Nacional de Humanidades y Ciencias Sociales 2002; miembro del Institut de Droit International.