Cuestiones procesales del procedimiento monitorio regulado en el Código del Trabajo y la forma de proceder en los casos de aplicarse las normas sobre régimen de subcontratación

Autores/as

  • Fernando Orellana Torres Universidad Católica del Norte

Resumen

Se presenta la función y estructura del procedimiento monitorio, para luego centrarse en la particularidad de su iniciación (496 CT), vale decir, el requisito de comparendo previo ante la Inspección del Trabajo, en base a ello y desde la perspectiva del debido proceso, se estudia la problemática de las responsabilidades contempladas en el régimen de subcontratación, concluyéndose que es necesario que los terceros subsidiaria o solidariamente obligados sean oídos también en la etapa administrativa.

Palabras clave:

Procedimiento monitorio, debido proceso, audiencia de conciliación, inspección del trabajo, bilateralidad de la audiencia, subcontratación

Biografía del autor/a

Fernando Orellana Torres, Universidad Católica del Norte

Abogado. Profesor de Derecho Procesal, Escuela de Derecho, Universidad Católica del Norte (Antofagasta). DEA y Candidato a Doctor en Derecho Procesal por la Universidad de Zaragoza, España. Abogado (1995).