Caso fortuito o fuerza mayor como causal de término de la relación laboral. Requisitos del caso fortuito ¿se confunden con la inimputabilidad del empleador?

Autores/as

  • Juan Luis Castro Jara Abogado Asociado en Estudio Rogel & Naudon Abogados

Resumen

El presente trabajo plantea como problema central, si es posible determinar la procedencia del caso fortuito o fuerza mayor como causal de término de la relación laboral, centrando su análisis en la debida diligencia con la cual el empleador ha dado cumplimiento a sus obligaciones contractuales, es decir, determinando la causal tomando en cuenta sólo el elemento subjetivo.

Esa parece ser la solución que inspira nuestro sistema de responsabilidad contractual civil, el cual se centra en el análisis de la culpa del deudor en el cumplimiento de sus obligaciones, y sólo una vez determinada aquélla, se traduce en la correspondiente indemnización de perjuicios, lo que debería tener plena aplicación en materia laboral. De concluirse lo anterior, se analizará cuáles son las consecuencias jurídicas que deriven, y si esta interpretación implica un menoscabo para el trabajador que ve terminado su contrato sin derecho al pago de indemnizaciones por la causal aplicada.

Palabras clave:

caso fortuito, responsabilidad, despido

Biografía del autor/a

Juan Luis Castro Jara, Abogado Asociado en Estudio Rogel & Naudon Abogados

Abogado. Magíster Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad de Talca, Chile, Universidad de Valencia, España.