Con el término sucesión de Estados, el derecho internacional denomina los efectos jurídicos del traspaso o sustitución de la soberanía ejercida sobre el territorio determinado, de un Estado a otro. El Estado predecesor cesa en el ejercicio de su soberanía y el sucesor inicia el ejercicio de la suya. Se produce así el reemplazo del Estado antecesor por el sucesor, que pasa a ocupar la posición jurídica del primero.
Salazar Sánchez, M. (2016). Consideraciones acerca del actual desarrollo de la doctrina de la sucesión de Estados en el derecho internacional. Revista De Derecho Público, (51/52), Págs. 23–45. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i51/52.43458