REVISTA CHILENA DE LITARATURA Abril 2011, Número 78, 139 - 160

I. ESTUDIOS

LA MANIOBRA DEL ORDEN ARTIFICIAL EN EL BUEN CELO PREMIADO DE GONZALO DE CÉSPEDES Y MENESES

Carmen Rabell

Universidad de Puerto Rico-Río Piedras
carmenrabell@aol.com

 

Resumen

Gonzalo de Céspedes y Meneses publica El buen celo premiado en 1623, durante la atmósfera inquisitorial de la España contrarreformista, seis décadas después de que el Concilio de Trento estableciera leyes rígidas para controlar y castigar a aquellos sujetos que intentaran retar la autoridad de la Iglesia en materias tales como los sacramentos del matrimonio y la confesión, entre otros. La retórica legal y la ficción permiten a este texto desenmascarar el orden artificial por medio del cual tanto la ley como la historia construyen narraciones que cumplen el propósito complejo de insertar sujetos trasgresores al tejido social.

Palabras clave: ley, narración, Concilio de Trento, matrimonio, confesión.

 

Abstract

Gonzalo de Céspedes y Meneses publishes El buen celo premiado in 1623, during the inquisitorial atmosphere of Counter-Reformation Spain, six decades after the Council of Trent established rigid laws in order to control and punish those subjects who dare to challenge the authority of the Church in matters such as the sacraments of marriage and confession, among others. Trough legal rhetoric and fiction, this text unmasks the artificial order by means of which both history and the law constructs their narrations in order to embed transgressors into the fabric of society.

Key words: law, narration, Council of Trent, marriage, confession.

 

 

Si bien se reconoce a Boccaccio como creador del género de la “novella”, a Juan de Timoneda por adaptarlo al contexto español, a Cervantes por ejemplarizarlo, a Lope de Vega por desarrollar la relación entre el narrador y la narrataria (Marcia Leonarda) como juego de seducción y a María de Zayas por narrar desde una óptica femenina que visibiliza la violencia de género, Gonzalo de Céspedes y Meneses ha sido, con muy contadas excepciones, bastante ignorado por la crítica literaria del Siglo de Oro. Muy recientemente, Nieves Romero-Díaz ha destacado algunos elementos legales fundamentales, como el mayorazgo y los atributos de limpieza de sangre, en tres historias del autor, concentrándose en su construcción de un imaginario cultural barroco dentro del espacio de la ciudad. Isabel Colón Calderón también lo incluye en La novela corta en el siglo XVII al discutir la temática general de la “novella” del Siglo de Oro español.

No se conocen demasiados detalles sobre la vida de este autor más allá de la información que provee Yves René Fonquerne en su introducción a la edición de 1969 de Historias peregrinas y ejemplares, colección que publica todas las novelas cortas con exclusión de su marco narrativo. Siendo una colección que en 1623 pretendía reescribir la historia de toda la nación española mediante el rescate de las narraciones ejemplares de sujetos privados de ciudades particulares, el acceso que tiene el lector de nuestro tiempo al texto de Céspedes y Meneses es tan fragmentario como los datos biográficos disponibles sobre el autor. Nacido a finales del siglo XVI en Talavera de la Reina y activo como escritor durante la primera mitad del siglo XVII, es relevante mencionar que Céspedes y Meneses vivió exiliado en Zaragoza, ciudad en la que se desarrolla El buen celo premiado (objeto de análisis de este estudio). Desde esa ciudad publica Historias de los sucesos de Aragón para “restablecer la verdad sobre los acontecimientos que provocó en Aragón el asunto de Antonio Pérez”, donde intentaba balancear una historia que solo había sido contada por historiadores castellanos “(que insistían en los excesos de los zaragozanos), o los aragoneses prudentes” (Fonquerne 28). Aunque exiliado y escribiendo desde el margen, tan singular autor no pudo pasar desapercibido entre sus contemporáneos: estuvo preso en varias ocasiones y tuvo problemas con la Inquisición precisamente por atreverse a balancear la historia en favor de los zaragozanos en una balanza donde el peso de la corona castellana extendía su brazo hasta Aragón bajo la excusa de la defensa común de la fe católica.

En El buen celo premiado, Gonzalo de Céspedes y Meneses vuelve a intentar rescatar la imagen de sujetos privados de Zaragoza acudiendo esta vez al género de la “novella”. De esta forma no solo se inserta en la tradición retórica de la “controversia”, sino que emplea además el orden artificial como estrategia para persuadir al lector, haciéndolo partícipe en la reconstrucción de la versión de los hechos a partir de la evidencia.

Como he argumentado anteriormente, los autores españoles abordan los temas controversiales de la “novella” italiana de la Edad Media y el Renacimiento (violación, incesto, adulterio, homoerótica) bajo la cultura represiva de la España contrarreformista mediante una estrategia narrativa que consiste en: (1) emplear la retórica del caso ficticio o “controversia” y (2) utilizar las reglamentaciones del Concilio de Trento y otros códigos legales para documentar la lógica interna de sus “novellas” (Rewriting…2, “Notes…” 65).

El caso ficticio floreció a comienzos del Imperio Romano como ejercicio de práctica en el cual los estudiantes estaban circunscritos a resolver un caso particular a la luz de la aplicación e interpretación de una serie de leyes delimitadas por el profesor de retórica (Sussman 1-2). En general, los casos bajo discusión involucraban la aplicación de alguna ley ambigua o de un grupo de leyes contradictorias entre sí. La tarea del estudiante era defender o condenar al acusado a través de la aplicación directa de la “letra de la ley” o de la interpretación de su “espíritu”1. Una diferencia básica entre un caso verdadero y uno ficticio es que en éste, dada la ausencia de un contrincante real, el estudiante tiene que anticipar y refutar desde su propio discurso cualquier posible argumento que pudiera esgrimir su oponente hipotético2.

En Rewriting the Italian Novella in Counter-Reformation Spain pruebo que la inclusión de la refutación del argumento del contrincante abre un espacio de resistencia o cuestionamiento de las mismas leyes tridentinas que se validan explícitamente en la narración. Aún más, como las tramas de las “novellas”, los casos ficticios trataban circunstancias que, en nuestra opinión, sería rarísimo que ocurrieran en la vida real (Bonner 82). Su extrañeza, según Bonner, residía en el hecho de que éstos buscaban probar los límites y la validez de la ley mediante la presentación de circunstancias cada vez más extremas (83). En El buen celo premiado, Céspedes y Meneses echa mano de esta tradición retórica con el propósito de validar abiertamente el sacramento de la confesión, mientras emplea el orden artificial como maniobra encubridora de la celebración implícita del matrimonio secreto y, en apariencia, del adulterio, ambos condenados por el Concilio de Trento3.

Aristóteles (3.12.1414a.30-1414b.15), Cicerón (De Oratote 2) y Quintiliano (4.PR.6; 4.1-4) coinciden al definir las partes constituyentes del discurso legal (forense): exordio, deposición de los hechos, proposición, pruebas y “peroratio”. En el exordio, el orador introduce el argumento e intenta congraciarse con el juez. La deposición de los hechos es una narración que expone la versión particular de cómo ocurrieron los eventos para demostrar la inocencia o culpabilidad del acusado. Luego se introducen las pruebas en apoyo de la narración y la proposición (de culpabilidad o inocencia) que se deduce de dicha versión. Finalmente, en la “peroratio”, el orador resume su argumento e implora que el acusado sea declarado inocente o culpable.

La narración (narratio) puede seguir un orden cronológico o artificial. Según Quintiliano, el orador reconstruye la narración a partir de signos y evidencia, pero puede optar por presentar la narración ya reconstruida siguiendo el orden cronológico en el cual sucedieron los hechos, seguida por la presentación de las pruebas que la sustentan y la proposición, o ir reconstruyendo ante el público su versión de los hechos a partir de los signos y evidencias que va descubriendo mientras propone también la inocencia o culpabilidad del acusado (4.2.79).

El buen celo premiado sigue un orden artificial mediante el cual el lector tiene la ilusión de participar en el descubrimiento de las evidencias y diversos testimonios que dirigen la construcción y modificación de la versión de los hechos. No seguir el orden cronológico permite que el lector participe en el proceso de ir ensamblando y reconstruyendo la evidencia desde un conocimiento parcial e incompleto que parece incriminar al personaje protagónico en un caso de asesinato, hasta uno más abarcador que permite no solo su defensa, sino la de una pareja presuntamente adúltera que viola los códigos matrimoniales pautados por el Concilio de Trento. El orden artificial es una maniobra estratégica que permite insertar la crítica contra el mismo sistema que valida: las reglas del Concilio de Trento.

Si bien Maravall identifica la participación activa del lector como maniobra típica del Barroco mediante la cual no se impone el poder de manera vertical a partir del mandato, sino dando la ilusión al dirigido de que llega libremente a sus propias conclusiones (52), Céspedes y Meneses emplea la complicación del orden artificial para defender y a la vez criticar reglas del Concilio de Trento.

UN CASO DE ASESINATO

El buen celo premiado representa la proeza religiosa de Federico, un hombre que al entrar a Zaragoza disfrazado de fraile, se convierte en sospechoso principal de un caso de asesinato. Federico se enfrenta a la dificultad de pelear contra cinco hombres armados que le piden primero que confiese a un hombre mortalmente herido y luego le exigen que viole el secreto de la confesión, contándoles qué ha confesado el moribundo. Aunque Federico no es más que un fraile disfrazado que huye de la justicia, se siente compelido a defender el prestigio del hábito que lleva puesto y el secreto inviolable de la confesión:

Pues aunque, por reservarme en ella, pudiera con palabras confusas, con discursos equívocos, fingir el cumplimiento de vuestro deseo y disimular mi disfraz, no sólo no lo he querido, ni aun imaginado intentar, pero antes he determinado primero padecer dos mil muertes que infamar con tan notable injuria la religión y el hábito de quien, para sombra y amparo de mi vida, me he favorecido y aun la nobleza y fe de mi nación, de quien, por las premisas que he tenido, parecéis extranjeros4 (67).

De hecho, aunque en Las partidas se establece que el hábito debe ser empleado solo por aquellos que sirven a Dios, se especifica solo castigar a quien lo emplee en desprecio de la Iglesia y envilecimiento de la religión, aunque se trate de un clérigo5. De manera que aunque Federico viola la letra de la ley empleando el hábito de religioso como disfraz, sigue el espíritu de la ley al pelear contra quienes en desprecio de la iglesia y envilecimiento de la religión querían obligarlo a violar el secreto de la confesión. Federico se convierte, pues, en defensor de dos reglas pautadas por el Concilio de Trento: el secreto de la confesión (25 de noviembre de 1551, Sesión XIV, Capítulo VIII, Can. VI) y el estricto código de vestimenta de las órdenes religiosas (25 de noviembre de 1551, Sesión XIV, Capítulo VI). El acto heroico de un hombre ordinario y prófugo de la justicia demuestra que contrario a la creencia protestante, el hábito hace al monje. El acto piadoso de un sujeto privado es empleado, a su vez, como prueba de la excelencia de la ciudad de Zaragoza y la santidad de las leyes y fueros de Aragón, tal como se promete en el marco narrativo, donde se alaba el sistema legal como preservador de la ley y “remedio de los agrauios, y blãdo y suave medio, entre la superior Magd. y sus vasallos, digo entre ellos y los arrebatados ímpetus de la ira” (12).

El caso se complica porque Federico, además de tener antecedentes, es hallado cerca de la escena del crimen llevando un hábito religioso ensangrentado que no le pertenece, cerca del cuerpo aparentemente muerto del confesado, don Félix, y otros tres hombres, dos de los cuales están gravemente heridos (70). El acto heroico de religiosidad convierte a Federico en el principal sospechoso de los crímenes:

Era pues este desgraciado hombre hijo de la ciudad, y aunque algo inquieto, persona de calidad y valientes manos: y de presente habiéndose hallado en una muerte, mientras con sus deudos y hacienda se acomodaba, yendo y viniendo de Épila, en aquel disfraz, le sucedió lo que habéis oído: y últimamente el caer en las manos de la justicia, que no menos alegre con tan buena prisión, guió con él a la cárcel pública; adonde respeto de la religión, a su instancia, le permitieron dejar los hábitos, aunque la reciente sangre, de que venían manchados y las heridas que traía (sobre su principal delito) acrecentó nuevos y diferentes indicios, vehementes presunciones6, de que podría el haber sido alguno de los cómplices que buscaban […] (75).

Aún más, el narrador revela más adelante que tres de los heridos son miembros de la nobleza, lo cual hace más grave la posición de Federico. Se trata, pues, de un caso extremo que examina la validez de un sistema legal que asigna mayor valor al testimonio de un hombre noble que a uno de la clase baja. La inocencia o culpabilidad de un hombre ordinario, Federico, dependerá de evidencia física altamente comprometedora (indicios vehementes) y el careo de su testimonio (de menos valía que el testimonio de un noble) y los testimonios de tres nobles caballeros heridos (don Félix, don Rodrigo y su hermano) y de dos sirvientes, todos testigos directos de la escena7. Don Rodrigo, el verdadero atacante de don Félix, no es encontrado en la escena del crimen porque regresa a su casa gravemente herido en compañía de su sirviente, Fulgencio, después de ordenarles a su hermano y a otro sirviente que obliguen al fraile a violar el secreto de la confesión (65). El hermano de don Rodrigo muere a consecuencia de un disparo que le propina Federico defendiendo el secreto de la confesión y el sirviente queda herido (69), de modo que la versión de Federico sería confrontada con la de don Félix, don Rodrigo y los dos sirvientes.

Sin embargo, el juez (Gran Justicia) determina la inocencia del sospechoso principal gracias al testimonio autoincriminante del sirviente Fulgencio, un sujeto bajo, demostrando la validez de un sistema legal en el cual se mide el valor de los testimonios de acuerdo al estatus social de cada sujeto, pero tomando en consideración la consistencia con “los hechos”. Fulgencio confiesa no solo por ser confrontado con los testimonios de don Rodrigo, don Félix y doña Elena, sino por miedo a ser sometido a la tortura, ilustrando la utilidad de dicho método como instrumento para extraer “la verdad” de parte de sujetos bajos:

[…] me sacaron a un temeroso tribunal; en quien viéndome, de una parte, rodeado del verdugo cruel de mi conciencia y, de otra, declarándome la confesión de doña Elena, la de don Rodrigo su esposo y la del mal vendido dueño mío, en que los unos me culpaban de traidor y los otros de cómplice; y juntamente sabiendo la mejoría del uno, el depósito de la dama y peligro mortal de don Rodrigo, la muerte de su hermano y las heridas de otro criado, que así mismo con él hallaron en el campo (porque así la divina justicia por mano de aquel fraile los había castigado), y últimamente, juzgándome por causa de tan grandes desdichas, acobardado y confuso, sin esperar a que negando se pusiese en contingencia mi vida, no sólo confesé cuanto me imputaban, mas, agravando mi culpa, la tomé tan de atrás como en la prolijidad de aqueste cuento habéis oído de mi boca8 (103).

En El buen celo premiado se entrecruzan elementos del discurso forense y el discurso ceremonial de elogio, pues el “justo” veredicto de inocencia de Federico en un caso de asesinato cumple también el propósito de elogiar el sistema legal de Zaragoza. De hecho, los procedimientos representados en la “novella” son históricamente fieles9. Según Pérez-Prendes y Azcárraga, en el reino de Aragón el Gran Justicia tenía la función de examinar los testimonios de todos los sujetos involucrados en un caso. Los testigos eran mantenidos bajo custodia en celdas aisladas para proteger la pureza del proceso y prevenir abusos del tribunal a cargo de juzgar el caso10,. El lugar donde se mantenía a los testigos se llamaba “cárcel de manifestados” (Pérez-Prendes y Azcárraga, n.11, 251). En El buen celo premiado, exceptuando a don Félix y don Rodrigo, ambos heridos de gravedad y vigilados bajo arresto domiciliario (76), presuntos sospechosos y víctimas son aislados en la cárcel de manifestados para que el juez los interrogue por separado y pueda comparar y retar sus testimonios durante la pesquisa.

Sin embargo, desde la celda, por “una juntura breve que en forma de resquicio hacían los ladrillos de un tabique” (77), Federico entra en contacto con Fulgencio, antiguo sirviente de don Félix y actualmente al servicio de don Rodrigo, quien le cuenta cada detalle del testimonio autoincriminante que él ha hecho ante el juez. La confesión de Fulgencio demuestra que el fraile (Federico) hiere al hermano de don Rodrigo y su sirviente en defensa propia y de la integridad del sacramento de la confesión y que fue Fulgencio quien hirió primeramente a don Félix y éste a don Rodrigo (101-103). El testimonio de Fulgencio exime al protagonista de haber estado involucrado en el intento de asesinato de don Félix, además de dar cuenta de que el fraile toma las armas para defender su vida contra el hermano de don Rodrigo, quien siguiendo órdenes, intenta obligarlo a violar el secreto de la confesión. Mediante prolepsis, el narrador anticipa varias veces la resolución del caso como una intervención de justicia divina11:

Mas la justicia de Dios, a quien ya la concurrencia y perseverancia de tales ofensas tenía irritada, permitió que en la ejecución de ellas hallasen el castigo (68-69).

En medio de tanto desconsuelo, la justicia divina, a cuya poderosa diestra había movido el celo y religión con que aqueste hombre aventuró su vida contra la detestable maldad que al principio oísteis guió por sus particulares y secretos juicios, no solo los sucesos en que estaba inocente, mas aquellos que más pudieran apretarle; de suerte que, cuando se juzgó por perdido, entonces casi llegaron amontonados el galardón, la estimación y fin de todos sus temores y trabajos; porque es oficio del cielo recompensar con beneficio y premio duplicado las obras que se hacen por su respeto (76).

La intervención divina prometida en prolepsis se da mediante el descubrimiento azaroso de un testigo que comparte voluntariamente su confesión con Federico, a pesar de las medidas del juez para separar a los testigos con el propósito de sanear los testimonios. La pared que separa a los testigos en la cárcel de manifestados funciona como una frontera flexible mediante la cual la violación de la rigidez de la ley permite que se dé la justicia para que más tarde Federico pueda contar su testimonio con la firmeza de un inocente que explica sin titubear cada indicio vehemente que lo incrimina: ser encontrado con un hábito ensangrentado en la escena del crimen:

[…] declaró largamente cuanto en aquesta historia queda escrito, concluyendo con la exageración que merecía el honrado y piadoso celo que le movió a ponerse por la defensa de su fe, del inviolable sacramento, de su patria y nación, en tan grande peligro. De que no solamente los considerados y advertidos jueces no se indignaron, mas antes, con impulso particular y convencidos de otra fuerza mayor, poco a poco fue su rigor trocado en misericordia […] (105).

La trama central de la “novella” sugiere que el buen celo religioso puede ser milagrosamente premiado por el traspaso de los rígidos límites de los procedimientos legales trocando el rigor en misericordia a tal punto que Federico no solo es absuelto, sino perdonado con “fáciles fianzas” de su participación en la muerte que lo había obligado a huir de Zaragoza y entrar disfrazado de fraile (105). En una sociedad altamente jerarquizada, en la cual no existía igualdad de sujetos ante la ley, se otorgaba menos valor al testimonio de sujetos de clase baja y se les torturaba para validar la credibilidad de sus testimonios, El buen celo premiado da la impresión de balance creando la ilusión de que un juez terreno está investido con la capacidad de discernir la verdad aunque provenga de testimonios de sujetos bajos de reputaciones cuestionables (Fulgencio y Federico). Tal milagrosa misericordia podría sugerir, sin embargo, la improbabilidad de que la común aplicación rígida de la ley pueda ejecutar justicia alguna.

SEGUNDO CASO: MATRIMONIO SECRETO, MATRIMONIO TRIDENTINO Y APARIENCIA DE ADULTERIO

La trama secundaria es también un caso que supuestamente prueba la excelencia del sistema legal de Zaragoza. Se trata de una “controversia” típica de “novella” que intenta probar la validez de leyes civiles y canónicas contradictorias relativas al matrimonio. Según el testimonio que cuenta Fulgencio a Federico desde la celda contigua, la madre de doña Elena se opone al matrimonio de su hija con don Félix aun cuando descubre leyendo sus cartas de amor que éstos han llevado a cabo un desposorio secreto (promesa de matrimonio) y que es probable que hayan consumado la promesa anticipadamente (95). En un contexto pre-tridentino, tal procedimiento hubiese constituido un matrimonio secreto válido, pero la trama se desarrolla en 1589, después del Concilio de Trento, el cual estableció los requisitos de amonestaciones públicas, la confesión de los contrayentes y la ceremonia ante la iglesia (con un sacerdote) como requisitos indispensables de un matrimonio válido12.

La madre de doña Elena la obliga a casarse con don Rodrigo y no con don Félix, amenazándola con someterla a exámenes físicos que puedan comprometer su honor (95-96). Aunque la existencia de un compromiso de matrimonio era suficiente para impedir una ceremonia nupcial con otro contrayente, la madre de doña Elena se encarga de que se lleven a cabo “las diligencias necesarias y bendiciones de la Iglesia” mientras don Félix se ausenta de la ciudad para cumplir con la Orden de Calatrava (96). Aunque Fulgencio había atestiguado el compromiso entre doña Elena y don Félix cuando servía en casa de éste, no puede revelar públicamente el impedimento ante la iglesia porque para facilitar los encuentros secretos entre los amantes, se había colocado al servicio de la madre de doña Elena. La madre de doña Elena manipula la situación para que se efectúe un matrimonio ante la iglesia a pesar de un compromiso matrimonial preexistente. Aunque Fulgencio intenta informar a don Félix para que éste lo impida, la información llega demasiado tarde: “Pasaron todas aquestas cosas con tanto secreto a los principios, y después (porque doña Elena no se volviese atrás) tan por la posta, que, con ella avisé al ausente, cuando a toda diligencia llegó al remedio, ya su dama estaba sin él” (96). Este caso demuestra que todavía en 1589 las reglas del Concilio de Trento no logran proteger el derecho al consentimiento de doña Elena ni el derecho de don Félix a impedir las nupcias probando su compromiso preexistente. La frustración de don Félix lo lleva a castigar a Fulgencio quien, a su vez, planea vengarse de su antiguo amo (97).

Según un caso hipotético analizado por el padre Ledesma, un matrimonio que observa las reglas tridentinas invalida un compromiso previo de matrimonio (26). El matrimonio entre don Rodrigo y doña Elena sigue “las diligencias necesarias y la bendición de la Iglesia” (96). La madre de doña Elena crea, pues, un plan maestro para violar el espíritu de las leyes matrimoniales del Concilio de Trento siguiendo astutamente la letra de la ley.

Según el testimonio de Fulgencio, la madre de doña Elena juzga a don Félix “como si realmente fuera un hombre indigno” (91), mientras el narrador lo representa como “uno de los más generosos y bizarros mancebos de aquella gran ciudad”, “de sangre y virtud […] conocida” (74). Fulgencio afirma en su testimonio que como el padre de doña Elena, don Félix también acude a defender la fe y la nación participando en un ataque fallido contra la reina Elizabeth I de Inglaterra13 (80-81). De hecho, doña Elena y don Félix se conocen cuando éste vuelve de la batalla, de la cual el padre de ella regresa herido (82). Tanto don Félix como Fulgencio se disfrazan de peregrinos para poder seguir a doña Elena en “peregrinaje” hasta Santiago de Compostela (83). Aun tratándose de un pretendiente noble, la madre de doña Elena impide la relación desde el comienzo, pero don Félix se esconde tras el disfraz de peregrino y logra comunicarse con la joven a través del tabique de madera que divide sus habitaciones en la posada de su fingido peregrinaje (87). Según Fulgencio, la madre de doña Elena prefiere casar a su hija con un pariente suyo, don Rodrigo (91). El hecho de que los padres tenían el derecho civil a desheredar a los hijos por casarse sin consentimiento paterno (Partida IV, Título I, Ley X), limitaba sin dudas el derecho al consentimiento de los futuros contrayentes defendido por el Concilio de Trento. Como afirma Fulgencio, como don Félix lo castiga por no ayudarlo a impedir a tiempo el matrimonio entre doña Elena y don Rodrigo revelando el compromiso matrimonial previo que hubiese impedido el enlace matrimonial ante la iglesia, el sirviente se venga concertando el reencuentro de los amantes para informarle de la cita adúltera al esposo engañado, don Rodrigo (100-101).

El lector enfrenta, pues, un caso ambiguo en el cual una mujer lleva a cabo una promesa de matrimonio con un noble caballero, pero es forzada por su madre a llevar a cabo un matrimonio ante la iglesia con un pariente que resulta intentar un acto sacrílego contra el sacramento de la confesión. Irónicamente, el Concilio de Trento valida el matrimonio de don Rodrigo y doña Elena porque aun si se tratara de un converso hereje, el bautismo como cristiano otorga valor sacramental al matrimonio.

Aunque este caso extremo revela que los procedimientos tridentinos pueden ser manipulados para seguir en apariencia la letra de la ley y cometer una injusticia, también demuestra la efectividad del sistema jurídico aragonés cuyo Gran Justicia decide liberar a don Félix y a doña Elena aplicando el principio de equidad, el espíritu de la ley. Como expresa el narrador, el acto de buen celo religioso de Federico transforma la rigurosidad de los jueces en misericordia (105), una alusión explícita a la diferencia entre la aplicación de la letra y el espíritu de la ley.

En uno de sus casos hipotéticos, el padre Ledesma explica que si alguien se casa por la iglesia en contra de una promesa de matrimonio previa, debe cumplir con el primer compromiso si quedara viudo (26). Sin embargo, al discutir otro caso hipotético, advierte que no se permitirá un matrimonio si alguien matara o conspirara para matar con el propósito de casarse con el viudo o viuda (121). La narración secundaria de El buen celo premiado es un caso extremo que prueba este grupo de leyes que entran en contradicción. Aunque una ley afirma que doña Elena ha de casarse con don Félix para cumplir su primera promesa de matrimonio al quedar viuda, otra ley limita que don Félix se case con la viuda por haber asesinado al marido difunto. El juez, sin embargo, no aplica la letra de la ley, sino que sigue el principio de equidad, la interpretación de su espíritu, pues, de acuerdo al testimonio de Fulgencio, don Félix mata a don Rodrigo en defensa propia y no con la intención de asesinarlo para casarse con su esposa.

Sin embargo, doña Elena y don Félix se casan ante la Iglesia sin el consentimiento de la madre de doña Elena, quien tampoco tiene el recurso de acusar a su hija de adulterio dado que el testimonio de Fulgencio revela que una vez casada con don Rodrigo, ésta sólo habla con don Félix desde la ventana de su casa (98). Don Rodrigo queda burlado por contraer nupcias con una mujer de la cual sospecha desde el comienzo (97-98) y cuya conversación con don Félix la hace adúltera en apariencia. El narrador, a su vez, contradice el Concilio de Trento en la peroratio al declarar que el juez “revalida” el matrimonio de don Félix y doña Elena (105), lo cual interpreta la promesa de matrimonio seguida del acto sexual como si fuera un matrimonio válido. El narrador defiende la validez del matrimonio secreto como modo de que los contrayentes ejerzan el derecho a consentir, pero ilustra también sus inconvenientes pues el matrimonio entre don Félix y doña Elena solo se lleva a cabo milagrosamente, por un “buen celo premiado” que no solo libera a Federico de sus problemas ante la justicia, sino a doña Elena de un matrimonio forzado, pero válido ante la ley.

MANIOBRAS DEL ORDEN ARTIFICIAL: LA INTENCIÓN O ESPÍRITU DE LA LEY VERSUS LA APLICACIÓN RÍGIDA DE LA LETRA

En El buen celo premiado, el orden artificial subordina la narración secundaria a la principal, sugiriendo que el heroísmo religioso efectuado por Federico contra el acto sacrílego de don Rodrigo juega un papel central en el resultado del caso privado relativo al matrimonio y el aparente adulterio.

Cicerón menciona que el orden artificial se caracteriza por (1) el empleo de la retrospección, (2) la narración de hechos seguida de correcciones y (3) el uso de la prolepsis (De Oratore 3.203-206). Céspedes y Meneses emplea estas técnicas para defender los juicios equitativos que liberan a un sospechoso de estar involucrado en un crimen y a una pareja que se desposa sin consentimiento paterno y en pensamiento y apariencia continúa una relación adúltera. El narrador anticipa, por ejemplo, que los atacantes de Federico serán castigados por su sacrilegio calificando lo que se narrará más tarde como producto de la justicia de Dios (68-69). Más adelante, el narrador anticipa que la Divina Providencia coloca a los ministros de justicia en el camino para encontrar a los atacantes de don Félix y el fraile fingido, Federico (69). La información providencial que ayuda a los magistrados a encontrar al atacante, don Rodrigo, es el testimonio de doña Elena, quien es hallada cuando se logra escapar colgándose de unas sábanas por la ventana de su casa (71). El primer contacto del lector con el caso de la trama secundaria que involucra una aparente trasgresión de matrimonio secreto y adulterio, es atenuado por un narrador que la asocia a una información que providencialmente salvará a un defensor del sacramento de la confesión, Federico, de la sospecha de asesinato. La anticipación de los eventos relativos a la trama secundaria mientras se alude a la justicia y providencia divinas es una manipulación que induce al lector a asociar los resultados de ambos casos con la voluntad de Dios. El narrador emplea la prolepsis para que el lector perciba sus propuestas implícitas en cada caso extremo como compatibles con los estándares de la Iglesia.

Otra técnica del orden artificial, empleada por Céspedes y Meneses para defender estratégicamente el valor superior de la interpretación del espíritu sobre la aplicación de la letra de la ley, es introducir hechos seguidos por las correcciones de éstos (Cicero, De Oratote 3.203-206). El buen celo premiado comienza in medias res con un narrador que finge poseer tan poca información de los eventos como el lector. Por medio de un juego barroco de palabras, el narrador insinúa información que será interpretada, reinterpretada y corregida por el lector mientras se va descubriendo nueva evidencia en el transcurso de la narración. La narración comienza, por ejemplo, cuando Federico es atacado al entrar a Zaragoza disfrazado de fraile. Sin embargo, al comienzo el narrador provee una información limitada de la evidencia, involucrando al lector en el proceso de juzgar y corregir sus juicios sobre Federico a tenor con el desarrollo de la acción y el descubrimiento de nueva evidencia. Al comienzo, por ejemplo, el lector puede pensar que el hombre que es atacado por no violar el secreto de la confesión es un fraile pues el narrador lo llama “religioso en el hábito, aunque sin compañía” (63). Este juego de palabras tiene diversas connotaciones. Puede significar que el hombre viste un hábito pero no es fraile, que es un hombre de costumbres religiosas pero puede o no ser fraile, o que se trata de un fraile corrupto cuyo hábito es solo una apariencia de religiosidad. Es sabido que las órdenes religiosas y su estricto código de vestimenta fueron severamente criticados por los reformistas y firmemente defendidos en el Concilio de Trento (25 de noviembre de 1551, Sesión XIV, Cap. VI). Sin embargo, este ingenioso juego de palabras introduce también al lector al tópico barroco del engaño de los sentidos. Nuestra percepción es limitada por nuestros sentidos y nuestro juicio, por lo tanto, sujeto al error. El juego de palabras confronta al lector con una variedad de posibilidades interpretativas, lo cual se hace todavía más ambiguo al especificar que el hombre es “religioso en el hábito, aunque sin compañía”. ¿Se refiere al hecho de que entra sin compañía a la ciudad de Zaragoza o a que solo lleva el hábito de fraile y no pertenece a ninguna orden? El lector solo clarifica sus dudas cuando el narrador describe que al Federico destocarse de la capilla y sombrero, descubre “el cabello igual y sin distinción o señal de corona” (66). La ausencia de tonsura corrobora una de las posibilidades, que se trata de un hombre que lleva un hábito de fraile y no pertenece a ninguna orden, y corrige que no se trata de un fraile corrupto. El lector es compelido a participar en el descubrimiento de los hechos ganando la ilusión de que crea y corrige su propia versión del caso.

El lector descubre más tarde que Federico es un hombre ordinario que se disfraza de fraile para entrar a Zaragoza, de donde había escapado escondiéndose en Épila por haberse hallado involucrado en una muerte (75). La defensa del hábito, de la orden que simboliza, compele, pues, a un hombre ordinario y de reputación cuestionable a defender la inviolabilidad del secreto del sacramento de la confesión sugiriendo que contrario a la expresión popular y a las críticas reformistas, el hábito puede hacer al monje. A su vez, el lector es dirigido para que aprenda a cambiar y corregir sus juicios, a no dejarse llevar por las apariencias o antecedentes cuestionables de un sujeto, sino por sus actos. Ya el lector ha aprendido a corregir la versión de los hechos y sus juicios a partir del descubrimiento de nueva evidencia en el momento en que accede a la información de que don Félix, el “confesado” moribundo, lleva un hábito y pertenece a la Orden de Calatrava.

Un hábito conferido legítimamente, uno aparente (como el disfraz de fraile de Federico) o uno cuestionable (como piensan los personajes de Fuenteovejuna respecto a la sangre de “cristianos nuevos” de los miembros de la Orden de Calatrava14), puede igualmente inducir a un sujeto a actos heroicos en defensa de la fe y la nación. Los hábitos de la nobleza o de una orden religiosa pueden ser signos arbitrarios. De hecho, hay una relación arbitraria entre la identidad de Federico y el hábito de fraile que ostenta. Sin embargo, el lector ha sido dirigido para que crea que el hecho de que Federico esconda su cuestionable identidad bajo un hábito de fraile no debería ser interpretado por los ministros de justicia como evidencia incriminante en un asesinato que él no ha cometido. A pesar de sus antecedentes, no ha usurpado el hábito de fraile para envilecer, sino para defender la religión. Dado que el narrador oculta la genealogía de don Félix y de todos los personajes comenzando la narración in medias res y afirmando en el marco narrativo que ha “bautizado” a sus personajes con nombres fingidos (13), el signo del hábito de Calatrava solo puede ser interpretado en conexión con los actos recientes de don Félix: ha empleado su hábito en una batalla contra Inglaterra y el narrador da cuenta de la buena fama de su sangre en Zaragoza en el momento en que describe la escena cuando la justicia lo encuentra gravemente herido (87).

Hay que recordar, sin embargo, que tal como Federico emplea un falso hábito de fraile para escapar de la justicia, don Félix emplea el disfraz de peregrino para burlar el rígido encerramiento al cual doña Elena es sometida por su madre. Aunque se trate de disfraces, la Iglesia es representada de forma tan maleable como las paredes que separan a los testigos en la cárcel de manifestados, el tabique a través del cual se comunican el falso peregrino y la amante o la ventana por la cual salta doña Elena cuando su marido la encierra mientras ataca a don Félix. Las apariencias engañan, las paredes oyen y también la ley fundada sobre piedra tiene grietas por las que se filtra su espíritu.

La retrospección es la tercera técnica del orden artificial, empleada por Céspedes y Meneses con el propósito de persuadir a sus lectores de la idea de que los sujetos han de ser juzgados por sus obras equitativamente y no por las primeras apariencias o la aplicación rígida de la letra de la ley. El testimonio de Fulgencio, por ejemplo, es una retrospección que permite al lector llenar algunas de las lagunas para reconstruir cómo ocurrieron los hechos. Es a través de este testimonio que el lector conoce que don Félix ha peleado en defensa de España contra Inglaterra, a la vez que da cuenta de algunos sucesos que funcionan como atenuantes de su relación adúltera con doña Elena. La madre de doña Elena, por ejemplo, viola el derecho al consentimiento de su hija por casarla con un deudo de su mismo lugar de origen. Como afirma Fulgencio: “Decíase entonces que el ser esta señora extranjera del reino y de nación poco afecta, ocasionaba sus desprecios” (91).

Ser extranjera en reino aragonés podría simplemente significar que era de otro reino de España. En una vuelta de tuerca irónica, el narrador explica en la peroratio que la madre de doña Elena, renegando aceptar el matrimonio de su hija con don Félix, regresa a su lugar de origen, Játiva, en el reino de Valencia. El narrador afirma que la madre de doña Elena pide “venganza del cielo de su sangre” y la recibe, pues es asesinada por unos moriscos que le dan posada camino a su patria (106). Una vez más, el lenguaje complicado tiene varias posibilidades de interpretación. ¿Qué significa “el cielo de su sangre”? ¿Será que la madre de doña Elena consideraba a un zaragozano del reino de Aragón indigno de entrar a un cielo exclusivo para parientes y paisanos? Tal orgullo es castigado. En la peroratio, el narrador sugiere que mientras la justicia divina se encarga de castigar a quienes violan los sacramentos de la Iglesia, don Félix y doña Elena son salvados del sufrimiento padecido por el dictamen de un juez secular que les permite contraer el deseado matrimonio (105-106). Es precisamente por la exclusiva defensa de la sangre que don Rodrigo y la madre de doña Elena atentan contra la Iglesia violando el secreto de la confesión e impidiendo el derecho al consentimiento de los contrayentes en el sacramento del matrimonio, respectivamente.

Si bien Federico es juzgado con misericordia por ser defensor de la fe y la nación (por un buen celo premiado), el celo de la sangre de doña Elena y el celo de la honra de esposo de don Rodrigo amenazan lo que une tenuemente a sujetos de reinos diversos: la religión. En El buen celo premiado, Gonzalo de Céspedes y Meneses promulga un proyecto de nación cuyo elemento de homogenización y exclusión se servirá de la religión15. Dicha propuesta se hace explícita en el párrafo final de la “novella”, en la peroratio, pues si bien el narrador presenta la muerte de la madre de doña Elena en manos de moriscos como consecuencia de su deseo de venganza, al referirse a los moriscos en general, señala que “tampoco ellos han quedádose sin el merecido galardón, merced al cielo y al benigno y santo rey don Felipe III, que acabó de arrancar de entre nosotros tan maldita y perniciosa semilla” (106).

CONCLUSIÓN ABIERTA

[…] no single explanation sending one back immediately to a single origin is adequate (“Opponents, Audiences, Constituencies and Community”).

“It is this forgetting –the signification of a minus in the origin—that constitutes the beginning of the nation’s narrative” (Bhabha, “Dissemination”).

Si por un lado El buen celo premiado valora la justicia equitativa que parte del espíritu y no de la rígida aplicación de la letra de la ley para defender a un fugitivo de la justicia dispuesto a morir por salvar el sacramento de la confesión y a una pareja adúltera en apariencia que lucha por ejercer el derecho al consentimiento de los contrayentes por medios prohibidos por el Concilio de Trento, la peroratio deja claro que quien no se acoge a sagrado se coloca al margen de la ley quedando excluido sin misericordia alguna. La religión se propone como elemento homogenizador que flexibiliza el rigor de la letra de la ley discerniendo su espíritu, pero también aplica el rigor de la letra a quienes, diferente a Federico tras su hábito de fraile, no se acojan “a la sombra y amparo” de la Iglesia. Curiosamente, tal como Felipe III expulsa a los moros en 1609, el narrador del marco narrativo de El buen celo premiado construye un pasado glorioso y homogéneo de España que minimiza la presencia mora de los anales de la historia, mientras asocia la fundación de Zaragoza con el hijo de Noé y César Augusto (10). Con la peroratio, el narrador deja al lector preguntándose si acaso el orden artificial (y sobre todo el comienzo in medias res con personajes sin pasado y con nombres fingidos, “bautizados” por el narrador para “no caer de ojos en algún precipicio” [13]) también sugiera que para construir una historia homogénea hay que flexionar la letra empezando por el medio, borrando los orígenes. Borrar sin tachar para que suceda lo ejemplar y peregrino. La escritura singular de Gonzalo de Céspedes y Meneses pliega el orden de la narración para mostrar el artificio con que simple y llanamente se fabrica la historia.

NOTAS

1 Como explica Fairweather, Séneca el padre (c. 5 BC) distingue tres tipos de cuestiones que trata la controversia: quaestio iuris, quaestio aequitatis, y quaestio coniecturalis (155). La mayoría de los casos ficticios tratan la cuestión de ley o de equidad, pues como los hechos son dados, la conjetura de si algo ocurrió o no está ausente (Fairweather 155).

Eden explica que en De Oratote, Orador y Topica, Cicerón distingue tres tipos de situaciones de las cuales surge la controversia: (1) la discrepancia entre las palabras escritas y la intención del autor, rutinariamente formulada como scriptum versus voluntas o scriptum versus sentencia, (2) ambigüedad (lat. Ambiguitas), en una palabra o pasaje, y (3) contradicción (lat. Ex contrariis legibus), en un texto o en dos textos relacionados; como dos leyes, por ejemplo (Eden 7-8; De Oratote 1.31.140, 2.26.110; Topica 95/96).

2 Como afirma Quintiliano, en un caso de la vida real, el abogado refuta exclusivamente aquellos argumentos presentados por el oponente (5.13.44-50). Aunque un buen abogado debe poder anticipar las posibles objeciones de su contrincante para preparar su estrategia defensiva, solo a un abogado inepto se le ocurriría añadir y verbalizar posibles objeciones contra su propia versión de los hechos.

3 Aunque Jolles había afirmado que la forma simple de la “novella” es el caso (Bragantini 82) y Pabst sugiere que el género probablemente se origina en los casos ficticios en boga durante el imperio romano (33), la crítica no ha prestado demasiada atención al estudio de la relación entre la estructura del caso ficticio y la “novella”.

Algunos críticos que destacan la relación entre el caso ficticio y la “novella” son Falconi, que identifica la Controversia VI.7 de Séneca el padre como fuente del tópico del mal de amor en Decameron 10.10 de Boccaccio, y Schlauch demuestra la retórica forense de las estrategias empleadas por Tito en su autodefensa. Wesley Trimpi ha analizado la estructura de la controversia en las “novellas” de Boccaccio concluyendo que las leyes que delimitan la selección del material de las historias corresponden a reglas corteses declamatorias (regulae amoris) que restringen el tipo de incidentes incluidos en las controversiae (342). En el caso de la “novella” española, las leyes que delimitan las circunstancias de los casos no son reglas de composición del amor cortés, sino leyes que preceden al texto, especialmente las relativas al matrimonio pautadas por el Concilio de Trento.

La naturaleza trasgresiva de la “novella” italiana ha sido generalmente estudiada estableciendo la relación entre la ley y la justicia. Davis argumenta que frecuentemente en las “novellas” de Boccaccio se dan finales que escapan de la justicia y logran la estabilidad evitando el castigo o castigando al posible castigador (12). Janssens afirma que las fuerzas que dominan el destino en el Decameron son la naturaleza, las costumbres, la ley y la fortuna, pero en nombre de la naturaleza ciertas restricciones morales y sociales pueden ser flexibilizadas o violadas (143). Declara también que en los textos de Boccaccio muchos actos considerados trasgresiones de acuerdo a la ley y las costumbres, se perdonan en nombre del amor (144). Langer coincide con Davis y Janssens al destacar la naturaleza trasgresiva de la “novella” italiana y la francesa. Argumenta que la “novella” no representa generalmente un mundo en el cual se apoye la justicia legal, sino que se representa en términos derivados de la justicia particular, la equidad y la ley natural. Afirma también que la trasgresividad de la novella es altamente teleológica: la disrupción del orden social se lleva a cabo para que se logre la justicia y ocurra un fin satisfactorio (318). En “El buen celo premiado”, probaremos que se logra la justicia mediante juicios equitativos que no siguen la aplicación estricta de la letra de la ley, sino su espíritu.

4 Emplearé la edición de Yves René Fonquerne, de 1969, al referirme a “El buen celo premiado”. Esta edición no incluye el marco narrativo de la colección Historias peregrinas y ejemplares por lo cual empleo la edición de 1623 al referirme a esta parte del texto.

5 En Las partidas se establece que “El hábito religioso no lo deben vestir sino aquellos que lo tomaren por servir a Dios, pero algunos hay que lo traen a mala intención por remedar a los religiosos y para hacer otros juegos o escarnios con él, y es cosa muy impropia que lo que fue instituido para servir a Dios sea vuelto en desprecio de la iglesia y en envilecimiento de la religión. Por lo que cualquier que en tal manera vistiese hábito de monje o de monja o de otro religioso debe ser echado a azotes de aquella villa o de aquel lugar donde lo hiciere. Y si por ventura un clérigo hiciere tal cosa, porque le estaría a él peor que a otro hombre, débele su prelado poner gran pena según tuviere por razón; pues estas cosas también los prelados como los jueces seglares de cada lugar las deben escarmentar mucho que no se hagan (Partida I, Título VI, Ley XXXVI).

6 Las negritas son mías. El narrador emplea una terminología legal evidente. Ledesma explica, por ejemplo, que un juez puede interrogar a alguien mediante acusación (en oposición a inquisición o denuncia) si existe “semiplena probación” o indicios explícitos y vehementes contra el sujeto: “Si el juez procede por vía de acusacion, o denunciacion a preguntar al reo, justamente procede, si hay semiplena probación: o si ay expressos y manifiestos indicios […]. Semiplena probación se llama, quando ay un testigo, sin excepcion ninguna. Los indicios se quieren mayores, o menores, conforme a la qualidad del delicto […]. Han de ser indicios: porque pocas vezes basta vn indicio, si no es que sea vrgentisimo, y vehementisimo. Tambien han de ser expressos, y manifiestos, quanto a tres cosas. Lo vno, quanto al delicto: lo otro, quanto al delincuente: y finalmente quanto al processo. De suerte, que han de mostrar evidentemente el delicto, y la persona que le cometio, y ha de estar expressos en el processo” (Segunda parte, “De la virtud de justicia comutativa, Cap. XXIIII [sic.], De la injusticia que puede ayer de parte del reo”, 364).

7 En la Partida III, Título XVI, Ley XLI, se valora más el testimonio de hombres “de mejor fama” y “mayor derecho”, pero tanto en la Ley XLI como en la XLII se enfatiza creer a aquellos testigos cuyos testimonios concuerden más con los hechos.

8 Las negritas son mías.

9 En el marco narrativo, por ejemplo, el narrador alaba el sistema legal de Zaragoza enfatizando el rol primordial del Gran Justicia, cuya función era preservar la ley remediando agravios sirviendo como mediador entre el monarca y sus vasallos (12). Según Pérez-Prendes y Azcárraga, el Justicia Mayor era percibido como mediador entre el monarca y el pueblo y no simplemente como colaborador del monarca (385, 387). Este magistrado debía vigilar por el cumplimiento de los principos políticos y constitucionales del reino de Aragón (Pérez-Prendes y Azcárraga 385, 387).

10 En la Partida III, Título XVI, Ley XVI, también se establece apartar a los testigos antes de proveer sus testimonios.

11 El narrador promete que Federico será librado del mal mientras la injusticia sacrílega de sus atacantes será castigada. Tal fin es paralelo a lo que prescribe Cinthio en su teoría sobre el Romanzo, en la cual propone que los buenos deben tener un final feliz para proveer al lector un sentido de justicia, que los cristianos serán librados de manos de los infieles (11).

12 […] en adelante, primero que se contraiga Matrimonio, proclame el Cura propio de los contrayentes públicamente por tres veces, en tres días de fiesta seguidos, en la iglesia, mientras se celebra la misa mayor, quienes son los que han de contraer el Matrimonio: y hechas estas amonestaciones se pase á celebrarlo á la faz de la iglesia, si no se opusiere ningun impedimento legítimo; y habiendo preguntado en ella el párroco al varon y á la muger, y entendiendo el mutuo consentimiento de los dos, ó diga: Yo os uno en matrimonio en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; ó use de otras palabras, según la costumbre recibida en cada provincia (Sesión XXIV, 2 de noviembre de 1563, Decreto sobre la reforma del matrimonio, Capítulo I).

13 Se refiere a la batalla que da lugar al hundimiento de “La armada invencible”.

14 En Fuenteovejuna, cuando el comendador se burla de que los campesinos se crean poseedores de honor, el regidor contesta sugiriendo que la Orden de Calatrava acepta conversos:

Comendador
¿Vosotros honor tenéis?
¡Qué Freiles de Calatrava!
Regidor.
Alguno acaso se alaba
De la cruz que le ponéis,
Que no es de sangre tan limpia (Lope de Vega 2.4).

15 En el capítulo titulado “Race, Masculinity, and Nacional Identity”, Yarbro-Bejarano observa que al construir la identidad española, los españoles del siglo XVII siguieron un proceso de exclusión y homogenización similar al que Homi Baba, Benedict Anderson y Paul Gilroy identifican en la Europa del siglo XVIII (199, 294). Como afirma Yarbro-Bejarano “[…] the construction of the Jewish and Moorish presence as problem or threat makes possible a unified notion of ‘Spanishness’ that clearly demarcates ‘authentic and inauthentic’ types of national belonging” (Gilroy 49, in Yarbro-Bejarano 199). Yarbro-Bejarano explica también que esta identidad nacional construida es naturalizada apelando a la autoridad biológica para racionalizar relaciones de dominio y subordinación (199). Al representar la posibilidad de que conversos puedan defender la nación, Céspedes y Meneses parece retar la idea que relaciona la biología con la autenticidad de identidad nacional, aunque su propuesta de integración nacional implica el castigo de conversos herejes (la madre de doña Elena y don Rodrigo, por ejemplo). Coincido con Yarbro-Bejarano: “the imagined unity of the ‘Spanish’ male subject comes at a very high price, the persecution of one part of Spain by another” (199).

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